Por lo menos en Pinamar, la ley no es igual para todos… o bien hay pinamarenses mas iguales que otros… asi lo demuestra el video “mirador Avda Bunge y Playa” que la Municipalidad de Pinamar a traves de su Dirección de prensa publicita en el sitio YouTube:
La rambla del sr. Altieri la experiencia no hace la diferencia
La gacetilla dice que “será un paseo con una vista privilegiada hacia el mar y tendrá accesibilidad plena”…
La Evaluación de Impacto Ambiental, aprobada por el OPDS… ¿Dónde está...? ¿Alguien la vió…?
La Ordenanza 3754 dispone la construcción de éste paseo, y en su Anexo III contiene las especificaciones técnicas: madera dura de guayibirá (pino en este mirador), ancho de 3,60 mts (1,20 mts en este mirador), altura mínima de 1,20 mts respecto al nivel del terreno (a la altura del piso en este mirador).
O sea la Ordenanza 3754/09 se aplica a algunos y a otros no…
El Fallo Judicial del Fiscal de Estado que establece que debe presentar Estudio de Impacto Ambiental ante el OPDS “toda obra nueva que se realice en la costa de Pinamar” … “tal como lo exige la ley 11723”, también se aplica a algunos y a otros no…
Además es una obra pública en espacio público que requiere aprobación PREVIA del HCD… ¿el proyecto fue al HCD? NO… los Concejales que votaron por la negativa al Plan Integral de Manejo Costero… ¿No se enteraron…?
¿Habrá que concurrir a la justicia…? La Justicia tampoco será igual para todos…
RDU consultores
Red de Desarrollo Urbano
Arquitecto Fabian Cambre & asoc.
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